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Economía Las respuestas clave sobre el régimen de compras con tarjetas en el exterior Las respuestas clave sobre el régimen de compras con tarjetas en el exterior
-¿Desde cuándo rige la medida y a quiénes afecta? La vigencia de la Resolución de la AFIP 3.378 publicada hoy en el Boletín Oficial tendrá efecto a partir de los pagos con el plástico desde el 1 de septiembre y comenzará a reflejarse en los resúmenes de cuenta del emisor de la tarjeta a partir de 1 de octubre.
-¿En qué países se aplicará el recargo? En todos. La AFIP no hace distinción entre naciones limítrofes, ni siquiera para los residentes en zonas de frontera, donde es frecuente el tránsito entre dos países para satisfacer consumos corrientes y no están asociados a viajes de turismo, como con Chile, Brasil, Paraguay y en menor medida Uruguay –porque hay que cruzar el río–, a pesar de formar parte del bloque del Mercosur.
En la AFIP resaltan que no se trata ni de un recargo, ni mucho menos de un nuevo impuesto. El pago del 15% adicional al consumo efectuado corresponde a un anticipo a cuenta del impuesto a los Bienes Personales, para los monotributistas, y de Ganancias para el resto de los contribuyentes.
-¿Cuáles son las operaciones afectadas por el recargo? Comprende a todos los pagos con tarjeta de crédito y de compra fuera del país.
-¿Qué sucederá con los contribuyentes que realicen compras en el exterior con tarjeta de crédito y no están comprendidos en el régimen de Ganancias? El anticipo se podrá aplicar al pago del impuesto a los Bienes Personales. Si este no correspondiera, en la AFIP aseguran que se habilitará a las agencias de todo el país para que caso por caso comprueben esa exención y liberen el crédito al emisor de la tarjeta en la liquidación siguiente al mes en que se aplicó la retención.
-¿El recargo de 15% es aplicable a las compras por internet? Por ahora no, dado que el régimen es para consumos y pagos en el exterior, no desde la Argentina. De todas formas, es muy probable que esta exención se levante en breve. Desde octubre de 2011 la AFIP mantuvo una política de avanzar hacia más restricciones a la autorización de ventas de cambio.
-¿Los consumidores que realicen compras con extensiones de tarjetas de crédito podrán deducir el recargo? No. Todos los consumos en el exterior con las tarjetas asociadas a la principal sufrirán el cargo de 15% como anticipo de impuesto en cabeza del titular, independientemente de que las extensiones estén en manos de personas con capacidad de tributación en forma individual.
-¿Qué sucede con las compras realizadas en el exterior con tarjetas de débito? En principio mantienen el régimen de las compras por internet. Se coniverten al momento al tipo de cambio oficial del momento de la transacción.
- ¿Si convengo en la compra en el exterior pagos en 3 o 6 cuotas, el anticipo de 15% a cuenta de otros impuestos se aplicará sobre cada pago parcial? No. "La percepción deberá practicarse en la fecha de cobro del resumen y/o liquidación de la tarjeta de que se trate, aun cuando el saldo resultante se abone en forma parcial. El importe de la percepción practicada deberá consignarse —en forma discriminada— en el referido documento, el cual constituirá comprobante justificativo de las percepciones sufridas", explica el recaudador.
-¿Cómo recibo el comprobante de pago del anticipo de 15%? El emisor de la tarjeta de crédito detallará en la liquidación correspondiente al mes siguiente al del pago la parte correspondiente al consumo realizado y aparte el 15%, con la cláusula "anticipo a cuenta de futuros impuestos".
-Si soy un contribuyente asalariado, comprendido en la cuarta categoría, ¿cómo debo proceder para deducir el pago del anticipo? Debe presentarle a su empleador el Formulario AFIP 572, con la novedad del pago a cuenta y el comprobante emitido por el emisor de la tarjeta de crédito o compra, considerando el resumen mensual como suficiente prueba legal.
-¿El nuevo recargo me afecta a la compra de pasajes o paquetes turísticos? No, en la medida en que el pago se efectivice en la Argentina o a través de internet.
-¿Qué es el "dólar tarjeta de crédito"? Es el que surge de multiplicar el tipo de cambio oficial vendedor, Banco Nación Argentina al momento del pago del consumo hecho en el resto del mundo, por 1,15, es decir, con el agregado del 15% de impuesto a cuenta. Hoy representa un valor intermedio entre el cambio oficial puro y el "libre, blue o contado con liqui".
Fuente: Infobae
Viernes, 31 de agosto de 2012
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