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Provinciales
En La Leonesa, consultarán a comunidades indígenas sobre la implementación del Juicio por Jurados
Se realizará este viernes a las 17 en el Centro Cultural de La Leonesa, destinada a comunidades indígenas que residan en el Departamento Bermejo. El objetivo del proceso es el consentimiento de las comunidades para implementar los jurados indígenas en juicios por jurados en materia Penal y Civil y Comercial.

El Ministerio de Seguridad y Justicia del Chaco y el Instituto del Aborigen Chaqueño (IDACH) realizarán, este viernes 27 en La Leonesa, la consulta previa, libre e informada a comunidades indígenas para la implementación de jurados indígenas en juicios por jurados en materia Penal y Civil y Comercial.

La consulta, que se se realizará a las 17 en el Centro Cultural de la localidad, está abierta a la participación de las comunidades indígenas que residan en el Departamento Bermejo. Es organizada por el Instituto del Aborigen Chaqueño (IDACH) con la colaboración de la Subsecretaría de Justicia de la provincia en cumplimiento con normativas nacionales e internacionales en materia de derecho indígena.

De esta manera, el Estado provincial garantiza el cumplimiento de leyes provinciales que tienen como objetivo garantizar derechos y promover la participación ciudadana a través de sistema de juicios por jurados.

Los juicios por jurados penales se implementan en la provincia desde 2019, mientras que los civiles y comerciales comenzarán a implementarse en los próximos meses. Las leyes 2364-B de Juicios penales por Jurado, y 3325-B de Juicios civiles y comerciales por Jurado establecen la conformación de jurados indígenas en hechos donde el acusado/a o la víctima, la parte actora o el/la demandado/a pertenezcan a los pueblos Qom, Wichi o Moqoit, constituyéndose en una herramienta fundamental para afianzar los mecanismos de justicia en las comunidades indígenas.

Para implementar los jurados indígenas, es necesario que el Poder Ejecutivo lleve adelante la consulta previa, libre e informada, a fin de obtener el consentimiento de las comunidades. Esta acción también se encuentra establecida en el Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes a través de la Ley Nacional N° 24.071, estableciéndose el deber estatal de “consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente”, las cuales deberán realizarse conforme a los principios de “buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias” con la “finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas”.

La etapa informativa del proceso de sensibilización, debate y consulta a nivel provincial se realizará de forma progresiva, comenzando por la I Circunscripción, con la participación de los líderes de pueblos indígenas. El objetivo es la elaboración de un documento acta final, donde conste el consentimiento de las comunidades originarias para la aplicación y conformación de los futuros jurados indígenas.

Consta de distintas etapas: difusión de la información necesaria; debate de las propuestas relativas a cada una de las áreas temáticas, y consensos y manifestación de decisiones indígenas a las autoridades; difusión de los ejes principales de debates para cada área temática; comunicación de los resultados que se esperan en relación a cada uno de los temas, consenso de la metodología prevista para el debate (conformación de grupos, tiempos máximos de intervención por participantes); modos de producción de consensos; y producciones orales y/o escritas y/o audiovisuales, y valor jurídico que se le otorgará a los fines de establecer la normativa de juicio por jurados indígenas.



Fuente: Chaco Día por Día


Jueves, 26 de mayo de 2022
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